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Cuatro jueces reactivan la privatización hospitalaria que pararon hace 14 días

Los magistrados archivan de plano el recurso de los socialistas sin entrar en el fondo del caso El Tribunal Superior de Justicia de Madrid admite que su proceder no está previsto en la ley

Tres médicos del Clínico, durante una huelga sanitaria.
Tres médicos del Clínico, durante una huelga sanitaria.

La Comunidad de Madrid tiene vía libre para continuar el proceso de privatización de la gestión de seis hospitales. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha levantado la suspensión cautelar de la adjudicación de esos centros a tres empresas que el mismo tribunal había decretado el 10 de julio. Da así la razón al Gobierno regional, que alegó que los seis diputados socialistas —cada uno residente en una de las zonas de influencia de los hospitales— que pidieron la suspensión “no ostentan un interés legítimo”. Al considerarlos no legitimados, el tribunal archiva el recurso, pero sin entrar a estudiar el fondo del caso, algo que, como admiten los propios magistrados, no está previsto por la ley.

La sección tercera de lo Contencioso aceptó el 10 de julio las medidas cautelares urgentes que pidió el PSOE, que solicitaba parar el proceso para que se estudiara la legalidad de una modificación de última hora que hizo la Consejería de Sanidad en las condiciones de los contratos. Solo cuatro días antes del final del plazo de presentación de ofertas, el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid publicó como corrección de errores un cambio sustancial en la garantía del 5% que deben presentar los adjudicatarios. Al añadir la palabra “anual”, redujo en cerca de un 90% este aval —el contrato es por 10 años—, así que los 233 millones que debían aportar se quedaron en 28.

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El auto del TSJM de 10 de julio —del que ahora se desdice el mismo tribunal— consideraba que esa modificación en la garantía “pudiera exceder del ámbito de rectificación de un simple error material” y vio “evidente” que la cuantía de la fianza “varía sustancialmente” según sea del 5% del importe total o solamente del anual. Este hecho, la reducción en cerca de un 90% del aval, “podría haber limitado el principio de libre concurrencia competitiva”. Este cambio, según los magistrados, “afectaría a las penalidades contractuales de las que en su caso hubiera de responder la garantía definitiva”, añade, lo que a su vez tendría consecuencias para los “intereses generales”. Pese a hacer estas consideraciones, 14 días después el mismo tribunal rechaza el recurso socialista por falta de legitimación sin siquiera haber estudiado el expediente administrativo.

Sin embargo, ahora se desdicen de esa decisión con un criterio más que discutible, según fuentes judiciales. Esas fuentes señalan directamente al fundamento de derecho primero del auto por el que se anula la paralización de los concursos y se archiva el caso. En ese apartado, los magistrados vienen a admitir que la posibilidad de analizar si los recurrentes (seis diputados socialistas madrileños) tienen un interés legítimo para plantear su petición no está prevista en la ley de jurisdicción contencioso-administrativa (la que regula este tipo de procesos) cuando lo que se está analizando es una medida cautelar, recogida en una pieza separada, como es la paralización de los concursos de la privatización de seis hospitales.

Esa ley, en su artículo 51 —el que prevé cuándo se puede archivar el caso por falta de interés legítimo de los recurrentes—, exige que el tribunal examine previamente el expediente administrativo, algo que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM admite no haber hecho. Es decir que, según los expertos consultados por EL PAÍS, los magistrados han dado carpetazo al caso sin examinar el fondo del asunto (el expediente administrativo), algo que, como mínimo, consideran irregular.

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Así pues, la decisión de que solo los licitadores tienen un interés legítimo en los concursos paralizados —y no los diputados socialistas—, la razón por la que archiva el caso, solo podría haberse tomado una vez analizado el contenido de esas convocatorias, algo que los magistrados no han hecho. Esas mismas fuentes muestran extrañeza por el hecho de que al paralizar los concursos, el pasado 10 de julio, la misma sala que archiva ahora el caso porque los recurrentes no tienen interés legítimo, no advirtiera esa posibilidad entonces, al tomar una decisión tan dañina para los intereses de la Comunidad de Madrid.

El consejero de Sanidad, Javier Fernández-Lasquetty, ha asegurado que el tribunal “no solo levanta la suspensión y permite que siga avanzando la externalización”, sino que “rechaza por entero el recurso del PSOE”. El consejero ha tildado de “absolutamente político e ideológico” el recurso de los socialistas y afirmó acerca de los 14 días de retraso: “Los mayores perjudicados son los profesionales de los seis hospitales. Lo único que ha conseguido el PSOE es volver a meterles en el pozo de la incertidumbre”. Los socialistas han anunciado que recurrirán el auto. La asociación de médicos Afem también tiene un recurso pendiente por esta cuestión, con petición de medidas cautelares.

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