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Un decreto en cuarentena

El Gobierno andaluz estudia cómo salvar las líneas básicas de la norma de vivienda

Reyes Rincón
La consejera Elena Cortés, durante la concentración convocada el pasado viernes por IU en Sevilla en defensa del decreto antidesahucios.
La consejera Elena Cortés, durante la concentración convocada el pasado viernes por IU en Sevilla en defensa del decreto antidesahucios.PACO PUENTES

El decreto andaluz de la vivienda se convirtió hace tres meses en la primera medida de gran calado social aprobada por el Gobierno de coalición de PSOE e Izquierda Unida. La norma, surgida en una consejería de IU, llevaba el sello de la federación de izquierdas, pero los socialistas la hicieron suya tras pulir todas las aristas jurídicas y las direcciones regionales y nacionales de los dos partidos la izaron como contrapunto de la ley hipotecaria que estaba a punto de aprobar el Congreso. El PP, al que la norma sorprendió desprevenido, optó los primeros días por infravalorarla y no se opuso en la convalidación del decreto en el Parlamento. Hasta que el pasado 28 de junio el Consejo de Ministros acordó recurrirla ante el Tribunal Constitucional y pedir su suspensión cautelar.

El alto tribunal ha admitido esta semana a trámite el recurso y ha paralizado la aplicación del decreto ley durante, al menos, los próximos cinco meses. La suspensión no solo deja en el aire el futuro de las familias en riesgo de desahucio a las que amparaba, sino también la política de vivienda de la Junta, que giraba entorno a esta norma.

» Las claves del decreto. El texto permite a la Junta expropiar temporalmente el uso de viviendas embargadas por entidades financieras o inmobiliarias cuando vayan a desahuciar a familias en riesgo de exclusión social. Además, para intentar fomentar el alquiler, crea un registro de viviendas vacías y establece sanciones de hasta 9.000 euros a las empresas que tengan viviendas deshabitadas y de hasta 120.000 euros a los bancos que den a sus VPO un uso contrario al fin social para el que fueron construidas.

» ¿Qué significa la suspensión? La Junta no podrá seguir abriendo expedientes para expropiar temporalmente el uso de viviendas embargadas por los bancos. Los expedientes que ya se habían abierto se quedan paralizados de momento, por lo que la propiedad de estas viviendas seguirá siendo de la entidad financiera con la que la familia tuviera la hipoteca y los jueces pueden reactivar los desahucios (algunas familias ya tenían fecha para el lanzamiento antes de acogerse al decreto). La Junta tampoco podrá comenzar a imponer sanciones a las entidades que tengan casas desocupadas o que no den a las VPO un uso social.

» ¿Para qué ha servido en los tres meses que ha estado en vigor? Desde el 12 de abril, la Consejería de Fomento y Vivienda ha tramitado 18 expedientes de expropiación temporal del uso de viviendas embargadas por los bancos. Los últimos seis debían se publicaron en el BOJA este viernes, el día después de que el Constitucional admitiera a trámite el recurso contra el decreto. En este tiempo, además, centenares de familias han acudido a las oficinas del Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda solicitando la expropiación temporal o protección ante una amenaza de desahucio. Todas ellas, entre 500 y 600 según el Gobierno andaluz, podrían ser beneficiarias potenciales del decreto. La consejería ha iniciado también las inspecciones del parque de vivienda de Andalucía para detectar aquellas que estén vacías e incorporarlas al registro de inmuebles deshabitados y ha empezado a recabar información sobre las viviendas protegidas que tienen los bancos (más de una veintena de entidades han remitido ya la información). La Consejería trabaja además en la orden de fomento medidas en materia de alquiler y en el decreto de traspaso de funciones a EPSA en materia de fianzas de arrendamientos y suministros.

» ¿Qué argumentos usa el Gobierno para cuestionar la constitucionalidad del decreto? Según el Ejecutivo de Rajoy, la norma “afecta al contenido esencial del derecho a la propiedad de la vivienda, que es una norma reservada a las Cortes Generales, establece una responsabilidad sancionadora al margen del principio de culpabilidad que viene exigido por la Constitución y establece una regulación contraria al principio igualdad”. El Gobierno centra su recurso en el artículo uno del decreto, que modifica la ley reguladora del derecho a la vivienda en Andalucía, y en la disposición adicional segunda, que hace referencia al Estatuto de Autonomía y la competencia del Consejo de Gobierno para la elaboración de reglamentos generales de sus leyes autonómicas. La Junta alega que varias sentencias del Constitucional reconocen a los gobiernos autonómicos la potestad para fijar límites al derecho a la propiedad; respecto a las expropiaciones, que el Gobierno considera “arbitrarias” y “discriminatorias” porque solo afectan a las entidades financieras, la Consejería de Vivienda defiende que se ha decidido así para garantizar que no existe conflicto entre el interés general de preservar la función social de la vivienda y los intereses del expropiado (porque los bancos nunca habitan las casas que embargan).

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» ¿Por qué censuró Bruselas el decreto? Según el informe sobre el rescate financiero que hizo público esta semana la Comisión Europea, la norma andaluza “puede tener potenciales implicaciones negativas para la estabilidad del sistema financiero en su conjunto”. Las críticas de los miembros de la comisión no se refieren tanto a las expropiaciones temporales como a las multas que la Junta podría imponer a las entidades que no pongan en alquiler sus pisos (hasta 9.000 euros) o que no den a las VPO un uso social. Bruselas sostiene que esas medidas pueden reducir “el apetito de los inversores por los activos inmobiliarios españoles” y deteriorar la cartera inmobiliaria de los bancos. A la comisión le preocupan, sobre todo, los riesgos del decreto sobre el banco malo, la Sareb, que absorbe con dinero público los activos inmobiliarios deteriorados de las entidades financieras. Para argumentarlo, el documento añade que aproximadamente el 10% de la cartera inmobiliaria de la Sareb proviene de Andalucía.

» ¿Y ahora, qué? Los servicios jurídicos de la Junta están analizando la providencia del Tribunal Constitucional para presentar alegaciones y conseguir el levantamiento de la suspensión cautelar. Los cinco meses de plazo que tiene el tribunal para decidir terminan en noviembre, por lo que hasta entonces el Gobierno andaluz mantendrá paralizadas las medidas derivadas de la norma. Mientras, la Consejería de Vivienda estudia qué acciones puede emprender con la normativa estatal y autonómica vigente para salvar las líneas básicas del decreto: evitar los desahucios, garantizar el uso social de la vivienda y fomentar el alquiler.

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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