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La juez ejecuta la sentencia que deja sin efecto el aval del Consell al Valencia CF

La medida es provisional mientras se sustancia un recurso de Bankia

Sara Velert

El dinero de los ciudadanos no puede utilizarse para avalar a clubes de fútbol y en una situación de crisis debe impedirse que fondos públicos “necesarios para la prestación de servicios esenciales a los ciudadanos se destinen a satisfacer intereses puramente privados”. Esta es la respuesta de la titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número tres de Valencia, Laura Alabau, a la pretensión de Bankia de que se mantenga en vigor el aval por 81 millones de euros que dio la Generalitat en 2009 a la Fundación Valencia CF para un préstamo con el banco.

La juez, en un auto facilitado por el TSJ valenciano, estima la petición de dos accionistas del club y ejecuta provisionalmente el fallo que anuló hace unos meses el aval, que queda sin efecto mientras se sustancia el recurso de Bankia contra aquella sentencia. La Generalitat, para su alivio, no deberá hacer frente de momento a más pagos del préstamo, que debía asumir como avalista porque el club no pudo devolverlo.

La magistrada aprovecha el auto para lanzar serios reproches a la Generalitat por su gestión del dinero público y algún dardo a la entidad bancaria. Alabau destaca que “es un clamor social” la pregunta de “cómo es posible que se destinen fondos públicos a la atención de obligaciones nacidas el ejercicio de actividades privadas, de carácter lúdico o deportivo” que, además, generan beneficios, como es el caso de los clubes de fútbol, mientras otros deportes subsisten con ayudas “nunca tan generosas”. Y todo ello “en un momento en que (...) la Generalitat Valenciana a duras penas puede atender sus propias obligaciones de pago nacidas de prestaciones de servicios públicos esenciales”.

En ese contexto, la magistrada replica a Bankia que hay una “razón de orden público” para que decaiga el aval de 81 millones que reclama, que no es otra que evitar que se dedique ese dinero a cubrir los intereses “puramente privados” del banco frente a necesidades “esenciales” de los ciudadanos. El auto rechaza las alegaciones de indefensión y vulneración de derechos de Bankia, que apuntó, entre otras cuestiones, que deberá provisionar 24 millones de euros si no se mantiene el aval, y afrontar perjuicios “evaluables en 960.000 euros anuales”.

La magistrada replica que su función es “verificar la legalidad de la actuación administrativa” —en este caso de la Generalitat— y no “dirimir controversias acerca de negocios jurídico-privados ni mucho menos de sus efectos”.

Añade que Bankia podrá defender sus argumentos en su recurso contra la sentencia que anuló el aval y también apelar contra el auto que ejecuta ahora ese fallo. Además, puede reclamar perjuicios por la “vía de la responsabilidad patrimonial” contra la Administración. Es decir, ante el Instituto Valenciano de Finanzas, que concedió el aval a la Fundación Valencia CF sin informes técnicos ni de interés social que respaldaran la operación.

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Sobre la firma

Sara Velert
Redactora de Internacional. Trabaja en EL PAÍS desde 1993, donde ha pasado también por la sección de Última Hora y ha cubierto en Valencia la información municipal, de medio ambiente y tribunales. Es licenciada en Geografía e Historia y Máster de Periodismo UAM-EL PAÍS, de cuya escuela ha sido profesora de redacción.

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