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El TSJM reconoce la mitad de la paga extra a 32.000 empleados autonómicos

Madrid tendría que pagar 28,8 millones a los trabajadores públicos, unos 900 euros de media

Una nueva sentencia avala el derecho de los trabajadores públicos a cobrar una parte de la paga extraordinaria correspondiente a diciembre pasado que el Gobierno de Mariano Rajoy les retiró en julio de 2012. Varias instancias judiciales han dado la razón a los sindicatos en este asunto e, incluso, la Audiencia Nacional ha elevado una cuestión de constitucionalidad al Tribunal Constitucional por la eliminación de esa paga, que el alto tribunal ha admitido a trámite, por las dudas sobre la aplicación del recorte salarial con carácter retroactivo.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), en una sentencia fechada en abril y contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, considera que los más de 32.000 trabajadores que son personal laboral de la Comunidad (los funcionarios tienen que recurrir por la vía contencioso-administrativa) tienen derecho a la parte de la extra ya devengada por el tiempo trabajado entre el 1 de enero y el 14 de julio de 2012, ya que el real decreto que les retiró la paga de diciembre entró en vigor el 15 de julio.

Los jueces no creen necesario esperar a que se pronuncie el Constitucional

En la misma línea de otras sentencias similares del TSJM, se rechazan los argumentos de los sindicatos en relación al derecho a la negociación colectiva y la prevalencia de los convenios colectivos, pero se reconoce el derecho a cobrar lo devengado, ya que el artículo 9.3 de la Constitución prohíbe que las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales tengan carácter retroactivo.

El TSJM considera (en contra del criterio de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional) que no es necesario que se pronuncie el Constitucional sobre la retroactividad de la retirada de la paga extra, ya que entiende que dispone de “principios tanto constitucionales como laborales que permiten dar una solución acomodada y ajustada a la Carta Magna”.

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Dicha solución es idéntica a la que ya dio el TSJM para el personal laboral de las universidades madrileñas en otra sentencia en marzo pasado: las pagas extras son salario diferido que se devenga día a día, pero el real decreto que retiró la paga “guarda silencio” sobre lo ya devengado, y sería discriminatorio suprimir toda la paga para los empleados que estaban en activo en diciembre y, en cambio, mantenerla proporcionalmente para los que hubiesen causado baja antes del 15 de julio, que habría cobrado la parte correspondiente a la extra en su finiquito.

Según el secretario del sector de la Administración Autonómica de CC OO de Madrid, Javier Díaz Toril, eso supone una media de unos 900 euros por cada una de las más de 32.000 personas que tienen la condición de personal laboral de la Comunidad, unos 28,8 millones de euros en total.

Para recurrir, el Gobierno regional deberá consignar ese dinero o avales bancarios por esa cantidad. Una portavoz de la Consejería de Presidencia explicó que aún no han recibido la sentencia y que los servicios jurídicos autonómicos estudiarán el recurso ante el Supremo. En otros casos similares, la Comunidad de Madrid sí ha recurrido.

UGT, que también había presentado conflicto colectivo por este asunto al igual que CSIF y CSIT, considera “muy positivo que la sentencia reconozca el ataque a los derechos de los empleados públicos”, en palabras de la secretaria de Política Sindical de Madrid, Rosa Robledano.

El Tribunal Superior fija que se cobre la parte desde el 1 de enero al 14 de julio

La suspensión de la paga extra de Navidad ha sido ya objeto de varias sentencias en la misma línea que las del TSJM en lo relativo al personal laboral e, incluso, un tribunal de lo contencioso de Palencia reconoció por primera vez el mismo derecho a una funcionaria que había reclamado a título particular.

En este último caso, se consideró que debía pagarse la parte devengada entre el 1 de junio y el 14 de julio de 2012. En el de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, en cambio, solo los 14 días de julio. Ello depende, según explican las fuentes jurídicas consultadas, de cómo se haya establecido en los convenios colectivos o en la legislación aplicable en cada caso el devengo de las pagas extras.

Con la polémica retirada de la paga extra (que el anterior Ejecutivo vasco incluso intentó pagar), el Estado pretendía ahorrar unos 4.000 millones de euros. Se llegó al punto de aplicar las retenciones del impuesto sobre la renta correspondientes a la paga confiscada a una parte de los empleados públicos, pero devolvió esa cantidad en la nómina de abril.

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