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La Audiencia ratifica la carencia de pruebas contra Benítez en el ‘caso Marta’

Los jueces vuelven a absolver al amigo de Carcaño de encubrir el crimen

Javier Martín-Arroyo
Fotografía de archivo tomada en Sevilla, de Samuel Benítez, amigo de Miguel Carcaño.
Fotografía de archivo tomada en Sevilla, de Samuel Benítez, amigo de Miguel Carcaño.Juan Ferreras (EFE)

“El vacío fáctico no puede ser más desolador”. La frase, incluida en la nueva sentencia de la Audiencia de Sevilla sobre el caso Marta, refleja la dificultad probatoria del crimen de la menor sevillana, del que solo resultó condenado el asesino Miguel Carcaño. Y este nuevo fallo ha absuelto de nuevo al joven Samuel Benítez de encubrir el crimen de Marta del Castillo, después de que lo ordenara el Tribunal Supremo el pasado enero. “No se dispone de una sola prueba que sitúe a los señores [Samuel] Benítez y [Javier] Delgado (tampoco a Cuco) en esa franja horaria en ese escenario [del crimen]", señala el fallo.

Los jueces de la Audiencia insisten en la carencia de pruebas para situar al antiguo amigo de la víctima en la escena del crimen. Los magistrados reprochan a la acusación particular ejercida por los padres de Marta por no concretar detalles que aten el relato de hechos para implicar a Benítez. “No dice qué hizo supuestamente cada procesado. O cómo fue sacado el cuerpo del piso; si se usó o no silla de ruedas; si se metió el cuerpo en un coche para llevarlo a algún lugar”, subrayan.

“Es una especie de acusación en blanco o universal abierta a cualquier hipótesis”, contraria a la seguridad jurídica, añaden los jueces, a modo de censura.

La sentencia fija las tareas para eliminar “vestigios y del cuerpo” no se prolongaron más allá de las 22.15 la noche del crimen, por lo que descartan la madrugada, tal y como sostienen los padres de Marta y la fiscalía.

El tribunal fija que Samuel estuvo “ininterrumpidamente” en el barrio de Montequinto, tal y como avalaron los seis jóvenes que cenaron con él y más tarde le acompañaron a una discoteca. Además, otra prueba que refuerza esta localización es que el acusado absuelto recibió 13 llamadas en su móvil, localizadas en ese barrio, según las antenas de telefonía, y que ninguno de los restos biológicos hallados en la escena del crimen son suyos.

El fallo recuerda que Benítez se “autoincriminó” en su declaración policial, pero incurrió en “contradicciones insalvables”, por lo que descarta su veracidad. De este modo, los únicos condenados en el caso son Carcaño, en prisión para cumplir 21 años de cárcel por asesinato, y El Cuco por encubrimiento, y que ya abandonó el centro de internamiento para menores. Entre los puntos grises, la sentencia destaca que ambos contaron con la ayuda de “un tercero desconocido” para sacar el cuerpo de Marta del domicilio de Carcaño. El fallo admite recurso de casación ante el Supremo, por lo que si las acusaciones deciden recurrir, la última palabra sobre el caso está aún pendiente.

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Sobre la firma

Javier Martín-Arroyo
Es redactor especializado en temas sociales (medio ambiente, educación y sanidad). Comenzó en EL PAÍS en 2006 como corresponsal en Marbella y Granada, y más tarde en Sevilla cubrió información de tribunales. Antes trabajó en Cadena Ser y en la promoción cinematográfica. Es licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla y máster de EL PAÍS.

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