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La Audiencia prolonga hasta 2018 la prisión del expolicía que robó droga

El exagente iba a abandonar la cárcel mientras el Tribunal Supremo resolvía su recurso

El expolicía Lars Sepúlveda, condenado por el robo de la droga en la Jefatura Superior de Sevilla.
El expolicía Lars Sepúlveda, condenado por el robo de la droga en la Jefatura Superior de Sevilla. JAVIER BARBANCHO

El expolicía Lars Sepúlveda, condenado por el robo de 150 kilos de droga en la Jefatura Superior de Policía de Sevilla, seguirá en prisión hasta 2018. La Audiencia de Sevilla ha prorrogado su encarcelamiento preventivo hasta el 12 de marzo de 2018 mientras que el Tribunal Supremo resuelve el recurso del exagente tras su condena a 17 de cárcel. La sentencia también condenó a Sepúlveda a 6,6 millones por el robo de la droga incautada, ha informado Europa Press.

La sustracción fue el primero de una serie de robos de drogas en depósitos oficiales andaluces, el último de los cuales sucedió en la sede de Aduanas en Huelva la pasada Nochevieja, cuyos autores ha detenido la policía.

Ahora la Sección Séptima de la Audiencia prolonga la situación de prisión provisional, comunicada y sin fianza para el expolicía en un auto del 24 de abril que también prorroga la prisión provisional y sin fianza de su cómplice, Manuel Alonso, quien también ha recurrido ante el Supremo la pena de 15 años y medio de cárcel y 6,5 millones de multa que le impuso este tribunal. Los jueces condenaron también a la mujer del expolicía, María Teresa M., a dos años y medio de cárcel y 300.000 euros de multa, y la pareja del cómplice, María Violeta S., que deberá cumplir seis años y medio de prisión y pagar una multa de 1,5 millones. A la espera de que se resuelvan sus recursos, ninguna de ellas permanece en prisión y ambas están en libertad.

Para evitar la puesta en libertad de Sepúlveda y Alonso, en una vista celebrada el 24 de abril, la fiscalía solicitó prorrogar la prisión provisional tanto del exagente como de su cómplice —-ambos encarcelados desde el 12 de septiembre de 2009— mientras que el Supremo resuelve sus recursos de casación, mientras que los abogados de los condenados pidieron su puesta en libertad.

El tribunal recuerda en su auto que el artículo 504 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que la prisión provisional se podrá prolongar hasta el límite de la mitad de la pena impuesta en sentencia cuando esta hubiera sido recurrida, algo que sucede en este caso en base a los recursos de casación interpuestos por la defensa, aunque no así por la fiscalía, que decidió no recurrir. Así, la Sección Séptima ha acordado prorrogar ocho años y seis meses la prisión provisional en el caso de Lars, y siete años y nueve meses en el caso de su cómplice, ya que “el riesgo de fuga y de sustraerse a la acción de la justicia en caso de conceder la libertad provisional es evidente por la propia duración de la condena”.

El abogado del exagente ya recurrió la sentencia para solicitar la libre absolución de su patrocinado, ya que entiende que la Audiencia Provincial, en su fallo, “ha vulnerado el principio de presunción de inocencia”. En la sentencia, la Sección Séptima considera probado que el exagente y su socio planearon “a finales del año 2006” apoderarse de la “mayor” cantidad que “pudieran” de la droga almacenada en uno de los calabozos de la Jefatura y que procedía de distintas operaciones policiales.

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