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Muñoz y la cantante “ejecutaron un plan para aflorar dinero y ganancias”

La sentencia afirma que la pareja confundió y mezcló fondos sin una explicación coherente Maite Zaldívar constituyó con su hermano Jesús un “entramado financiero”

La sentencia del caso Pantoja, comunicada a los imputados en la misma sala donde se han celebrado las 27 sesiones que ha durado la vista oral, que comenzó el pasado junio, consta de 277 folios. En ella, el tribunal señala que Pantoja y Muñoz, a raíz de su relación, que comenzó en 2003, "ejecutaron un plan preconcebido para aflorar dinero y ganancias" que éste había obtenido en sus actividades delictivas, "confundiéndolas y mezclándolas con las procedentes de las actividades profesionales y mercantiles lícitas" de Pantoja. La Sala considera plenamente acreditado el blanqueo y resalta  que los acusados no han dado "una sola explicación coherente y menos aún creíble".

Una de las cuestiones que más llama la atención del fallo de la Audiencia Provincial de Málaga es el distinto reproche penal con el que ha sancionado la actuación de Maite Zaldívar e Isabel Pantoja, las dos mujeres que convivieron con Julián Muñoz durante los años que tuvo responsabilidades en el Ayuntamiento de Marbella y que se beneficiaron de los enormes ingresos económicos que obtuvo por sus corruptelas. La sentencia habla en todo momento del dinero obtenido por el ex alcalde de Marbella por “actividades delictivas” en el tiempo que tuvo responsabilidades políticas, entre 1991 que fue elegido concejal y 2003 en que fue depuesto por una moción de censura.

La Fiscalía pidió para ambas la misma condena, Zaldívar ha sido condenada a tres años y tres meses al ser considerada autora de un delito continuado de blanqueo, por lo que tendrá que cumplir reclusión. Pantoja en cambio podrá eludir la prisión ya que sólo ha sido sentenciada a dos años ya que las Sala ha entendido que en su caso no hubo continuidad en el delito, y es uno solo.

La Audiencia provincial de Málaga ha considerado que en el caso de Maite Zaldívar, constituyó con su hermano Jesús, a quien se ha impuesto la misma condena, un “entramado financiero” para “poner en valor el aprovechamiento de las ganancias entramado de las ganancias derivadas de las actividades delictivas de Julián Muñoz”.

Hasta 2003, en que se produjo la separación matrimonial, ambos participaron en entramados societarios y en operaciones, “obedeciendo órdenes que impartía el ex alcalde”. Pero entre 2003 y 2006, año en que se produjo la operación Malaya contra la corrupción en Marbella, los hermanos Zaldívar “despliegan una actividad tendente al aprovechamiento de dinero ilícito procedente de Julián Muñoz mediante diferentes y variados actos de ocultación”.

La sentencia recoge entre sus hechos probados como Maite y Jesús Zaldívar se quedaron con 890.000 euros que transfirieron a una cuenta en Suiza y con los que realizaron varias operaciones financieras que les reportaron importantes beneficios, con la colaboración del gestor bancario Fernando Salinas, una de las siete personas condenadas en la causa. La sala ha apreciado por ello en el caso de Zaldívar “un complejo delictivo continuado”.

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 En cambio, en el caso de Isabel Pantoja, la sentencia considera que en el tiempo que convivió con Muñoz, entre 2003 y 2006, la acción delictiva estuvo “ceñida a una actividad relacionada con los beneficios ilícitos de aquél y con un único fin de transformación de un dinero de origen ilícito en bienes y dinero de origen licito”.

La sala entiende que en este caso se da “la repetición de una misma conducta” y en los hechos probados se enumeran “una “pluralidad de operaciones o actos de encubrimiento, materializados, ora mediante ingresos en efectivo en depósitos bancarios, ora mediante adquisición de bienes a través de sociedades y negocios legales, que dieron cobertura formal a esos actos mercantiles”, pero que, de acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo citada, constituyen “un caso de unidad típica de acción, de unidad natural de acción. Por tanto, de un delito único”.

La sentencia recoge que Pantoja ofreció sus sociedades y sus cuentas a Muñoz, para que aflorara el dinero obtenido ilícitamente, mezclado con el que la cantante obtenía por sus actividades legales, o la adquisición de inmuebles como el apartamento en el hotel Guadalpín o la casa Mi Gitana, en la urbanización La Pera.

La sentencia llama la atención sobre hechos como que en solo un ejercicio, 2003, cuando comenzaron a convivir la cantante y el ex alcalde, las cuentas de las sociedades controladas por Pantoja tuvieran tantos ingresos en efectivo (293.000 euros) como en el conjunto de los siete años anteriores. A partir de ese año y en los dos siguientes, las cuentas tuvieron unos movimientos que nunca habían tenido, como una serie de ingresos de 3.000 euros diarios durante 10 días sucesivos, cuya procedencia la sentencia no considera acreditada.

La Sala entiende que Pantoja, que adujo en la vista oral que nunca recibió un euro de Muñoz, era conocedora suficientemente de la procedencia ilegal del dinero. “En el presente caso, el conocimiento de la acusada acerca de la implicación de su pareja, Julián Muñoz, en procedimientos penales relacionados con su cargo público en el Ayuntamiento de Marbella es más que evidente. En primer lugar porque, como pareja, llevaban una vida en común que le permitió asistir –en lugar privilegiado- a los numerosos procesos penales que, en la época en que se inició su relación, ya acumulaba y de los que los medios de comunicación se hicieron amplio eco. Así se admitió por la acusada a preguntas de su letrado, únicas a las que contestó en el acto de la vista oral”, sostiene la sentencia.

El tribunal ha tenido en cuenta la negativa de Isabel Pantoja a contestar preguntas del fiscal y las acusaciones en el juicio y hacerlo sólo a las de su defensor. “La inexistencia de una explicación asumible sobre esas variaciones patrimoniales y movimientos de cantidades de dinero como un indicio más, es legítimo”, concluye.

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