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El Consell considera confidencial qué recintos tienen planes de emergencia

El socialista Rafael Rubio pidió una lista tras la tragedia del Madrid Arena

Miles de personas asisten a un concierto en el recinto de la Ciudad de las Artes, en Valencia.
Miles de personas asisten a un concierto en el recinto de la Ciudad de las Artes, en Valencia. TANIA CASTRO

La relación de centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que pueden dar origen a situaciones de emergencia es confidencial, según el consejero de Gobernación y Justicia, Serafín Castellano. En el registro que los regula “se contienen datos relativos a centros, establecimientos y dependencias sometidos a la legislación sobre protección de datos de carácter personal y cuya difusión a personas ajenas a la operatividad prevista en los planes puede dar lugar a la vulneración de la legislación vigente en la materia”, alega Castellano en una respuesta parlamentaria, fechada el pasado 20 de diciembre, al diputado socialista en las Cortes Valencianas Rafael Rubio.

El parlamentario le preguntó el 6 de noviembre, tras la tragedia del Madrid Arena, que se cobró la vida de cinco chicas en una avalancha humana ocurrida la madrugada del 1 de noviembre durante un espectáculo, “¿cuál es la relación detallada de los planes de autoprotección inscritos hasta el 31 de octubre de 2012 en el registro autonómico de planes de autoprotección, especificando para cada uno de ellos la fecha de inscripción y el edificio o el complejo afectado?”.

La respuesta del consejero se limita a señalar que son 847 los planes de autoprotección registrados y Rubio se declara atónito ante la argumentación de Castellano para no decirle cuáles. “Yo no le pedí los planes uno a uno”, explica. “Ya sé que hay planes en hospitales y centros docentes porque de vez en cuando hacen incluso simulacros de actuación ante emergencias, pero la gente tiene derecho a saber si esos planes existen en discotecas o pabellones, en estadios de fútbol y otros recintos”.

Los planes de autoprotección son obligatorios para un amplio catálogo de actividades, como los establecimientos que almacenan sustancias peligrosas, las infraestructuras de transporte como puertos o aeropuertos, las centrales nucleares e instalaciones hidráulicas, los túneles ferroviarios de una determinada longitud, los hospitales y ciertos establecimientos docentes, pero también para los recintos e instalaciones en los que se celebran espectáculos públicos, sean en lugares cerrados o al aire libre, siempre que superen aforos de 2.500 y 20.000 personas, respectivamente.

“¿Tiene un plan de autoprotección el Ágora de la Ciudad de las Artes y las Ciencias, donde se han celebrado acontecimientos de asistencia masiva?”, se pregunta el diputado socialista a título de ejemplo. “¿Lo tiene el complejo de la Ciudad de las Artes en su conjunto? No pueden ampararse en una supuesta cuestión legal para no dar esa información”. Rubio remite precisamente al decreto de junio de 2008 por el que se creó el Registro Autonómico de Planes de Autoprotección. La norma establece explícitamente en su artículo 1 que el registro “tiene carácter público y es un instrumento para el conocimiento y publicidad de los planes de autoprotección”.

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