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La justicia obliga a dos maestros a escolarizar a su hijo en un colegio

La Audiencia Provincial de Granada no considera que la actitud de los padres sea punible por la vía penal

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Granada ha resuelto que una pareja de maestros de escuela que había optado por impartir clases a su hijo menor de edad en casa debe escolarizarlo, aunque considera que su conducta, que la fiscalía estima que puede suponer un delito de abandono, no es punible por vía penal. El tribunal, que desestima el recurso del fiscal y confirma el auto de sobreseimiento dictado en su día por el juez instructor, insta al Ministerio Público a "seguir ejercitando sus acciones en vía civil o voluntaria" a fin de que se proceda "a la escolarización del menor en un centro oficial", según una resolución adelantada por Ideal.

El asunto se inició después de que el centro educativo del menor, situado en un municipio de la costa granadina, y el Ayuntamiento de la localidad informaran en 2011 de que el niño llevaba un año sin acudir a las aulas. Los padres, ambos maestros de escuela, declararon en su comparecencia ante la fiscalía que conceden "más valor al desarrollo personal y emocional de su hijo que a la adquisición de conocimientos instrumentales reglados" y consideran que la escuela como sistema educativo actual "bloquea el interés del niño".

Ellos no negaron a que el menor asistiera a un centro educativo "cercano a los principios de las escuelas libres y con otro tipo de enseñanza o pedagogía que ofrece el actual sistema", pero, al no existir este tipo de enseñanza en la zona, optaron por la educación en el hogar. Los magistrados granadinos indican que, aunque el menor no está escolarizado oficialmente, sí está recibiendo una educación integral por sus padres, "lo que no constituye infracción penal, pues no tiene encaje para que se sancione tal conducta".

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