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El Tribunal Supremo da luz verde a 150 viviendas en el parque de Cabo de Gata

El alto tribunal ordena que se cumpla una sentencia de 2007 que autorizaba la urbanización

Playa de La Fabriquilla en Las Salinas de Cabo de Gata (Almería).
Playa de La Fabriquilla en Las Salinas de Cabo de Gata (Almería). Francisco Bonilla

Una nueva amenaza urbanística se cierne sobre el corazón del parque natural de Cabo de Gata-Níjar (Almería). Mientras el hotel del Algarrobico de Carboneras pierde un juicio tras otro, contradictoriamente, el Tribunal Supremo, en una reciente sentencia, legitima un proyecto para levantar 150 viviendas a escasos metros de la playa en la zona de La Fabriquilla, en el término de Níjar.

El alto tribunal obliga a cumplir una sentencia suya del año 1997 en la que reconocía el derecho de los propietarios de La Fabriquilla, un total de 15 personas, a construir en la zona. En ese fallo de hace 15 años, el Supremo obligaba al Ayuntamiento de Níjar a incluir los terrenos como “aptos para urbanizar” en sus planes urbanísticos.

Tras esta primera sentencia favorable a sus intereses, los propietarios promovieron un plan parcial —instrumento de planeamiento urbanístico para una zona determinada de un municipio—, que fue incorporado provisionalmente al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Níjar del año 1999. Sin embargo, la aprobación definitiva de la urbanización fue denegada porque, en 2008, la Junta de Andalucía calificó los terrenos como protegidos en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del parque del Cabo de Gata-Níjar.

Los propietarios de las parcelas recurrieron esta decisión autonómica de conservar los terrenos libres de ladrillo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), al que pidieron que hiciera valer la sentencia del Supremo de 1997. Sin embargo, los magistrados andaluces dieron la razón a la Junta, que consideraba que los terrenos de La Fabriquilla tenían unos valores ambientales incompatibles con su urbanización.

Los dueños de las fincas no cejaron y recurrieron el fallo del TSJA en casación ante el Supremo. El alto tribunal reconoce el “derecho a urbanizar” en La Fabriquilla y argumenta que su fallo de 1997 resultaría “estéril” si la administración impidiera “el desarrollo urbanístico” de las 15 hectáreas de terreno. Según el Supremo, la ejecución de su sentencia de 1997 no solo incluye la clasificación de los terrenos como urbanizables, sino “la posibilidad real y efectiva de urbanizar” ese suelo en primera línea de playa. El tribunal considera que los propietarios han sufrido indefensión y ordena retrotraer las actuaciones.

El recorrido judicial de La Fabriquilla todavía no ha terminado. El TSJA todavía debe pronunciarse sobre la nulidad o no del acto administrativo en el que se denegó la aprobación definitiva del plan parcial. Mientras el Ayuntamiento, gobernado por el PP, se muestra ahora favorable a la urbanización, la Junta anunció que, si los propietarios inician de nuevo la tramitación del plan parcial, presentará alegaciones en contra.

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