_
_
_
_
_

Estrasburgo condena a España a indemnizar a un exalcalde de Vila-real

El tribunal europeo considera que Manuel Vilanova no pudo defenderse ante el Supremo

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España a indemnizar a quien fuera alcalde del PP de Vila-real desde 1995 a 2007, Manuel Vilanova, por los daños morales causados por la sentencia del Supremo que le condenó a ocho años de inhabilitación por prevaricación medioambiental. El fallo, que le costó abandonar la alcaldía y su carrera política, le condenó, además, a un año y medio de cárcel. El TEDH considera que Vilanova no tuvo un juicio justo porque fue “privado de su derecho a defenderse” en el proceso. El pronunciamiento de Estrasburgo no absuelve al exregidor de su condena.

En un fallo hecho público este martes, el tribunal considera que a Vilanova se le privó de su derecho a defenderse, ya que el Tribunal Supremo no contó con su testimonio. Por ello, condena a España a indemnizar -por daños morales y costes- con 10.500 euros más intereses tanto al exalcalde como al administrador de la industria denunciada por ruidos. La decisión del TEDH no afecta a la condena por prevaricación ni le absuelve de la pena de inhabilitación.

La sentencia del Supremo consideró que Manuel Vilanova consintió “de forma deliberada” la emisión ilegal de ruidos de la fábrica Rocersa, lo que motivó constantes quejas desde 1991 a 1998, y que éste “se situó al lado de una industria contaminante en contra de los intereses ciudadanos sabiendo que actuaba y vulneraba la legalidad que regulaba la emisión de ruidos”. También se criticó que “dejara sobre la mesa” todas las denuncias que fueron llegando a partir de 1995, año en el que asumió la alcaldía. El fallo se basó en los mismos datos reconocidos por la Audiencia Provincial de Castellón (que absolvió al político), sin recoger testimonios. Y es esto lo que reprocha el tribunal con sede en Estrasburgo.

“Las cuestiones a examinar por el Tribunal Supremo necesitaban la apreciación directa del testimonio del acusado o de los testigos”, sostiene el fallo. Por esta razón, el TEDH concluye que los demandantes “han sido privados de su derecho a defenderse” y, por consiguiente, “hubo violación del derecho a un proceso equitativo reconocido por el artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

La decisión del Supremo provocó un gran impacto en la población de Vila-real que se plasmó en manifestaciones multitudinarias en apoyo de quien era su alcalde, que dimitió a los 50 días de conocer un fallo que definió como “injusto”. El tribunal puso fin a su carrera política tras doce años como alcalde de Vila-real y a pocos meses de celebrarse unas nuevas elecciones municipales. Actualmente es presidente de honor del PP en la localidad.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_