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Un juez rechaza reabrir la investigación del Plan Rabassa por no ser competente

El juzgado entiende que los hechos pueden estar relacionados con el 'caso Brugal'

Alicante -

El Juzgado de Instrucción número 6 de Alicante ha rechazado reabrir la investigación en torno a presuntas irregularidades en la tramitación del Plan Rabassa y la implantación de Ikea, tal y como pedía EUPV, formación a la que comunica que este órgano no tiene competencia sobre estos hechos y le informa de que puede "denunciar el caso en el juzgado de corresponda".

En un auto del pasado jueves, el magistrado responde así a la denuncia presentada el pasado mes de octubre por EUPV, en la que pedía la reapertura de las diligencias previas sobre la tramitación del Plan Rabassa y la implantación de Ikea por presuntos delitos de prevaricación, cohecho y tráfico de influencias.

En este escrito, EUPV pedía la imputación, entre otros, de la alcaldesa de Alicante, Sonia Castedo, de su antecesor en el cargo, Luis Díaz Alperi, y del empresario Enrique Ortiz, a quien los informes policiales de la causa que investiga el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) atribuyen una "influencia" sobre las autoridades locales, regionales y estatales para que adoptaran decisiones favorables a sus intereses.

La base de su denuncia radicaba principalmente en los informes y escuchas policiales del caso Brugal, que surgió por las presuntas anomalías en el proceso de adjudicación del concurso de basuras de Orihuela, cuyas pesquisas desvelaron nuevos supuestos asuntos de corrupción en otros municipios de la provincia, entre ellos Alicante.

El juzgado de instrucción número 6 de Alicante investigó en su día dos resoluciones de la Comisión Territorial de Urbanismo de marzo de 2008 relativas al plan Rabassa, y el 6 de mayo de 2008 archivó la causa al entender que no se había cometido hecho delictivo alguno.

El magistrado remarca en su auto que no hay conexión entre los hechos recogidos en aquella causa anterior que fue archivada y los hechos denunciados por EUPV. Asimismo, entiende que no tiene competencia sobre hechos presuntamente delictivos acaecidos con posterioridad al 6 de mayo de 2008 "por ser hechos distintos, posteriores, que se imputan a personas distintas, y que no guardan relación alguna con los denunciados" en la causa que investigó aquel mismo año.

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Además, apunta a que, si los hechos ahora denunciados son "delictivos y conexos, lo serán a los investigados en el PGOU", -recogidos en la causa abierta por el juzgado de instrucción cinco de Alicante, que ahora ha asumido el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) por el aforamiento de dos de los imputados-, "puesto que no se puede sostener que se cometen tantas veces el delito como planes parciales existan el planeamiento urbanístico".

Por ello, considera que no procede reabrir las diligencias previas al no guardar relación con los hechos denunciados, e informa a EUPV de que, como no les da por personados en la causa, no podrán presentar recurso ante esta decisión, si bien les recuerda que pueden "presentar denuncia en el juzgado o tribunal que corresponda".

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