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El ICS pagará 200.000 euros a un paciente que sufre incontinencia

La víctima sufrió una sección en un nervio del esfínter en una operación de hemorroides

Una incontinencia fecal sin solución quirúrgica posible que le obliga a llevar pañales y trastornos de tipo depresivo y sociales son algunas de las secuelas que sufre J. J. A. R. desde que se sometió, en marzo de 2006, a una operación para eliminar las hemorroides. A esta lista ahora cabe añadir una buena noticia: 200.000 euros. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado el recurso de apelación y condenado al Instituto Catalán de la Salud (ICS) a indemnizar con 200.000 euros al paciente por un fallo en la operación de hemorroides que se le practicó en el hospital Joan XXIII de Tarragona.

En su sentencia, el alto tribunal catalán confirma íntegramente la resolución de un juzgado de lo contencioso de Barcelona que condenó a la Generalitat a indemnizar al paciente por considerar probado que la incontinencia fue causada por una sección en un nervio del esfínter durante la intervención de hemorroides. Según cree probado el tribunal, en la operación que se practicó al demandante en marzo de 2006, el cirujano seccionó parte del esfínter interno y pellizcó una parte del externo, lo que provocó la incontinencia fecal del paciente.

El TSJC destaca también en su fallo que las hemorroides seccionadas al demandante enviadas al departamento de anatomía patológica para su análisis no llegaron nunca a él (solo lo hizo el bote de formol vacío), lo que en su opinión revela otra negligencia del centro hospitalario. La falta de restos de los esfínteres seccionados ha hecho imposible analizarlos, por lo que el tribunal advierte en su sentencia de que esa circunstancia "no puede ser interpretada y servir como causa exoneratoria de la responsabilidad patrimonial de la Administración".

Para el alto tribunal, en este caso "es de apreciar un total nexo causal entre la actuación de la Administración y el daño producido", por lo que corresponde a la Administración indemnizar al paciente perjudicado, que tiene reconocida la invalidez permanente absoluta por un juzgado de lo social de Tarragona.

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