_
_
_
_
_

El Supremo anula unas oposiciones porque exigían saber catalán

La medida deja en "desigualdad" a candidatos del resto de España, según la sentencia

Jesús García Bueno

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado unas oposiciones convocadas por la Generalitat en 2009 porque, pese a que estaban abiertas a funcionarios de toda España, incluían pruebas de catalán "obligatorias y eliminatorias". El alto tribunal ha admitido el recurso de casación presentado por el consejo que agrupa a los colegios oficiales de secretarios, interventores y tesoreros de la administración local. 

Las oposiciones, para cubrir 44 plazas de la subescala de intervención y tesorería, fueron convocadas por el Departamento de Gobernación. La convocatoria incluía la presentación de un certificado de dominio lingüístico del catalán, el nivel C. Preveía, además, una segunda prueba de conocimiento del idioma "obligatoria y eliminatoria".

El TS alega que, como la convocatoria estaba abierta a funcionarios de Administraciones locales del conjunto del Estado, "carece de justificación razonable establecer como una parte o fase de ese proceso selectivo" conocer la lengua catalana. La exigencia del catalán en las pruebas es "desproporcionada" y dejó a algunos de los candidatos en una situación de "injustificada desigualdad", añade.

La sentencia del Supremo anula otra dictada anteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que avaló la convocatoria con el argumento de que es razonable exigir conocimientos de catalán a quien va a trabajar en esa comunidad. El conocimiento del idioma es "indispensable" y "no resulta irrazonable ni desproporcionado", concluía esa sentencia, porque el catalán es la lengua propia de la comunidad. 

Según el recurso del consejo de secretarios e interventores, la selección de los funcionarios de carácter estatal se atribuye a las comunidades, pero estas deben ajustarse a los "títulos y programas" que requiere el Ministerio de Administraciones Públicas. La idea central es que el sistema debe ser homogéneo, de forma que "sea efectiva la habilitación estatal" de los empleados públicos.

La sentencia del Supremo matiza que es "razonable" que se "valore" el conocimiento del catalán para ocupar puestos en la Administración en Cataluña. Pero señala que, al estar esta convocatoria dirigida a "obtener la condición de funcionario estatal", estos pueden incorporarse a cualquier corporación, por lo que carece de "justificación razonable" una prueba de conocimientos del catalán.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Sobre la firma

Jesús García Bueno
Periodista especializado en información judicial. Ha desarrollado su carrera en la redacción de Barcelona, donde ha cubierto escándalos de corrupción y el procés. Licenciado por la UAB, ha sido profesor universitario. Ha colaborado en el programa 'Salvados' y como investigador en el documental '800 metros' de Netflix, sobre los atentados del 17-A.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_