_
_
_
_
_

La Audiencia Nacional anula el ERE que Tradisa reformuló tras la reforma laboral

La compañía retiró el expediente y volvió a presentarlo cuando la reforma ya estaba aprobada La Audiencia Nacional sentencia que la compañía "quiso cambiar las reglas del juego"

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha anulado los despidos de 23 trabajadores de  empresa catalana de transportes Tradisa Logicauto, que frenó un expediente de regulación de empleo (ERE) para volver a ponerlo en marcha una vez que entró en vigor la nueva reforma laboral.

En la sentencia, los magistrados entienden que la empresa actuó en fraude de ley al intentar "cambiar de árbitro y también de reglas de juego en pleno partido, apartándose frontalmente del procedimiento exigido por la ley".

La resolución considera probado que Tradisa Logicauto, ubicada en El Prat de Llobregat (Barcelona), promovió el ERE el 7 de febrero, tres días antes de la entrada en vigor de la reforma laboral, ante el Departamento de Empresa y Ocupación de la Generalitat de Cataluña.

Posteriormente desistió y volvió a tramitar el ERE ante la Dirección General de Empleo del Ministerio "con los mismos objetivos y circunstancias que el presentado ante la autoridad laboral autonómica".

Según los jueces, el objetivo de la empresa era "huir del procedimiento administrativo que debía seguir" y optó por el que más le beneficiaba, ya que la reforma laboral no exige autorización de la Administración para ejecutar despidos colectivos.

La sentencia señala que la actuación es fraudulenta porque intenta beneficiarse de un procedimiento más flexible que el precedente y porque la nueva legislación "deja en manos del empresario la decisión de extinguir colectivamente puestos de trabajo".

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Añade que el segundo despido colectivo "reproducía el primero sin la más mínima matización", por lo que los magistrados entienden que no existen causas nuevas que justifiquen el cese y reanudación del ERE.

La sentencia declara nulos los despidos, pero aclara que no se puede condenar a la empresa a readmitir a los trabajadores, ya que deben ser estos quienes impugnen sus despidos de manera individual, aunque apoyándose en esta sentencia.

Una de las disposiciones transitorias de la reforma laboral señala que los expedientes de regulación de empleo que estuvieran en tramitación a la entrada en vigor del real decreto-ley se regirán por la normativa vigente en el momento de su inicio.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_