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Caso Invercaria

Un juez rechaza la demanda contra su despido del exdirectivo de Invercaria

El magistrado estima improcedente, pero no nulo, el relevo de Cristóbal Cantos, que grabó con micrófono oculto a su exjefa

Javier Martín-Arroyo
El exdirectivo de Invercaria Cristóbal Cantos y la expresidenta Laura Gómiz, en la celebración del juicio.
El exdirectivo de Invercaria Cristóbal Cantos y la expresidenta Laura Gómiz, en la celebración del juicio.JULIÁN ROJAS

“El trabajador no fue humillado ni vejado. No fue sometido a trato degradante ni hostigado. No se le menospreció ni se le ninguneó. No se le apartó ni arrumbó en el trabajo. Simplemente se le despidió, con una causa ficticia, eso sí”. El juez de lo Social 2 de Sevilla Pablo Surroca rechazó ayer con esas frases la demanda por acoso laboral que presentó Cristóbal Cantos, exdirectivo de la empresa de la Junta Invercaria, contra esta sociedad pública y su expresidenta Laura Gómiz. Cantos había pedido 300.000 euros por daños y que su despido fuera declarado nulo, pero el juez solo lo considera improcedente y da la razón a la empresa pública de inversión de capital de riesgo.

La sentencia es solo la primera batalla del caso Invercaria, que presenta numerosos frentes. La causa se desencadenó en plena precampaña electoral después de que se filtraran a la prensa las conversaciones grabadas con un dispositivo oculto entre Cantos y Gómiz. En una de ellas esta última decía frases tan controvertidas como esta: “Si me comprometiera con la ética no estaría aquí”. La juez del caso de los ERE, Mercedes Alaya, frenó el intento de ligar ambos escándalos. Sin embargo, la Fiscalía Superior ha apreciado indicios de responsabilidad penal y contable en la gestión de Invercaria, que concedió préstamos por 62 millones. El PP tildó la concesión de préstamos de Invercaria como un segundo fondo de los ERE irregulares.

El juez Surroca subraya que el despido de Cantos “no es una represalia de la empresa ante la negativa del trabajador a hacer unos informes supuestamente falsos sobre empresas”. Cantos defiende que Gómiz la obligó a realizar informes falsos mientras que esta alega que formaban parte de un programa de actualización informática para el mejor control de las inversiones de Invercaria.

La sentencia resalta que la causa del despido fue falsa porque fue motivado por la pérdida de confianza y no la disminución del rendimiento que fija la carta de despido. Pero esto para el juez supone que el despido es improcedente y no nulo, ya que no vulnera los derechos fundamentales del trabajador. Además, el juez destaca que Cantos no fue presionado ni hostigado, sino que al contrario, de las conversaciones, correos electrónicos y testificales se deduce una relación laboral “cordial y cercana” entre la expresidenta y su subordinado.

El juez Surroca da por válidas las grabaciones aportadas por Cantos y rechaza que existiera manipulación, pese a que Invercaria presentó un informe pericial sobre 13 cortes identificados en las grabaciones: “Las interrupciones de la grabación, puestas de manifiesto por el perito no permiten acreditar una manipulación o edición intencionada ni, por tanto, impiden apreciar su contenido, con lo que la grabación es idónea para contribuir, en unión de las demás pruebas, a formación la convicción sobre la realidad de los hechos alegados en la demanda”. El magistrado denomina las grabaciones como “la prueba estrella de este proceso”.

Tras la sentencia, el presidente de Invercaria, Francisco Álvaro Julio, mostró su satisfacción por la sentencia: “La sentencia desmonta una manipulación generada en un momento electoral, previo a unas elecciones autonómicas”, declaró a Europa Press. “Es el primer paso para desmontar poco a poco lo que hemos considerado desde el principio una manipulación que se generaba aprovechando el momento y el proceso electoral”. El presidente de Invercaria considera que se demostrará que la empresa “no es un nido de corrupción, sino una empresa que ha actuado de forma lícita y transparente”. La sentencia, que define cómo “está correctamente extinguida la relación laboral entre Cantos y la empresa, no juzga la gestión de Invercaria. Cantos puede recurrir la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJA).

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“Difícil encaje legal”

Una de las claves que esgrime el juez para desestimar la demanda del exdirectivo de Invercaria Cristóbal Cantos es su “difícil y complicado encaje legal de su pretensión de nulidad”. Cuando el juez pidió al abogado de Cantos que precisara el encaje legal para pedir la nulidad, este no lo hizo. “Es reveladora de la falta de sustento jurídico suficiente de la pretensión”, subraya el juez. El fiscal defendió en la vista oral que no apreciaba alteración de los derechos fundamentales de Cantos por parte de su exjefa. Es decir, que no existió acoso y por eso pidió desestimar la pretensión del exdirectivo.

Para el juez, en la conversación que grabó Cantos “no se profiere ninguna expresión inequívocamente amenazadora o atentatoria de la dignidad del trabajador”. El magistrado destaca que no entra a valorar los argumentos esgrimidos “por la presidenta o su ética”, en referencia a la falta de objeciones éticas que esgrimió Gómiz en la conversación con su subordinado. “No hay comportamiento empresarial susceptible de violentar la integridad, el honor o la dignidad personal del trabajador”. El juez admite que fue un despido “injusto”, pero descarta que este pueda ser considerado nulo.

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Sobre la firma

Javier Martín-Arroyo
Es redactor especializado en temas sociales (medio ambiente, educación y sanidad). Comenzó en EL PAÍS en 2006 como corresponsal en Marbella y Granada, y más tarde en Sevilla cubrió información de tribunales. Antes trabajó en Cadena Ser y en la promoción cinematográfica. Es licenciado en Periodismo por la Universidad de Sevilla y máster de EL PAÍS.

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