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Absueltos los implicados en el desplome en el que murieron seis trabajadores

El juzgado establece que el viaducto de la A-7 se derrumbó por accidente

Viaducto desplomado.
Viaducto desplomado.JULIÁN ROJAS

El Juzgado de lo Penal 1 de Motril (Granada) ha absuelto a los 11 procesados por el desplome de un viaducto en construcción de la A-7 a su paso por Almuñécar (Granada). El suceso costó la vida a seis trabajadores en noviembre de 2005.

“Se desconoce la causa real” del desplome de la autocimbra que se utilizaba para construir un viaducto en Río Verde. La amplia prueba practicada “no permite conformar una convicción judicial seria y fundada de culpabilidad”, según el juez Sergio Romero, que absuelve así a todos los acusados de cada uno de los delitos de homicidio imprudente, lesiones imprudentes y contra la seguridad y salud en el trabajo de los que habían sido acusados.

La sentencia ha sido notificada este miércoles a las partes tras el juicio, que quedó visto para sentencia el pasado 29 de febrero. La Fiscalía retiró la acusación al final de la vista oral. Pedía en inicio penas de hasta cuatro años de cárcel si bien luego modificó su escrito al considerar que el accidente fue “inevitable” y que no hubo falta de medidas de seguridad. Esa tesis la corrobora el juez, quien precisa que la prueba permite, además, afirmar la “no comisión por parte de los mismos [acusados] de ilícito alguno”, que no vulneraron normas laborales en materia de prevención y destaca que las entidades que intervinieron en la ejecución del viaducto, así como las contratistas y subcontratistas son “empresas punteras del sector” con personal “altamente cualificado”.

El juez absuelve a todos, desde el ingeniero director del proyecto a los trabajadores de las subcontratas y a los responsables en prevención. Dice que “no existe un solo dato que ponga en duda el correcto montaje para el funcionamiento de la autocimbra”, que es una estructura auxiliar fija que se mueve. Asimismo, mantiene que se ignora la causa “real y eficiente” que provocó un problema en el marco trasero que derivó en el colapso y la caída desde unos 70 metros de altura.

Como se apuntó como hipótesis el estado de los tornillos y las soldaduras, se interrogó a todos los peritos si habiendo estado en perfecto estado tales elementos la cimbra se habría colapsado. La respuesta “inequívoca” de todos ellos fue que “no lo sabían” lo que considera el juez “bastante significativo”. Por todo ello, y porque también destaca que durante la vista se ha demostrado que había “importantes medidas de seguridad”, el juez absuelve a todos los acusados del suceso, cuyas causas, por tanto, se desconocen con exactitud.

Ni los trabajadores que resultaron heridos ni las familias de los fallecidos efectuaron reclamación económica alguna puesto que todos los perjudicados habían sido ya indemnizados.

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Las acusaciones particulares ejercidas por los sindicatos retiraron por su parte las imputaciones iniciales por homicidio y lesiones imprudentes y atribuyeron sólo a algunos de los procesados delitos contra la seguridad y salud laboral. CCOO acusó a ocho de ellos y UGT a seis.

Aunque inicialmente la causa iba a sentar en el banquillo a un total de doce personas, en la primera sesión del juicio el exjefe de Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, Juan Martín Enciso, quedó apartado del proceso y otros dos imputados ya fueron absueltos por el juez -en este caso en la última sesión- después que todas las partes les retiraran los cargos.

La Fiscalía retiró la acusación al final de la vista oral. Pedía en inicio penas de hasta cuatro años de cárcel si bien luego modificó su escrito al considerar que el accidente fue “inevitable” y que no hubo falta de medidas de seguridad. Esa tesis la corrobora el juez, quien precisa que la prueba permite además afirmar la “no comisión por parte de los mismos [acusados] de ilícito alguno”, que no vulneraron normas laborales en materia de prevención y destaca que las entidades que intervinieron en la ejecución del viaducto, así como las contratistas y subcontratistas son “empresas punteras del sector” con personal “altamente cualificado”.

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