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Absuelto el policía que hirió en un ojo a un peatón en la Puerta del Sol

La Audiencia Provincial aprecia que actuó en defensa propia y le exonera de responsabilidad penal Sí condena al agresor, a un año y medio de prisión por un delito de atentado

F. Javier Barroso
El policía y el atacante, durante el juicio celebrado en noviembre.
El policía y el atacante, durante el juicio celebrado en noviembre.F. J. B.

Israel Sánchez Vieco, que había sido acusado de homicidio en grado de tentativa y de lesiones graves tras efectuar un disparo en la Puerta del Sol y dejar sin visión en un ojo a un transeúnte, ha sido absuelto por la Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid, según un fallo que ha sido notificado hoy.

El otro acusado, Santiago Manjón Bermúdez, ha sido condenado a un año y seis meses por atentado contra agente de la autoridad y a dos días de localización permanente por una falta de daños, según el mismo fallo. La víctima de este suceso, el peatón Antonio Castro Pimentel, de 51 años, se queda sin ningún tipo de indemnización pese a haber perdido la visión en el ojo.

Al término del juicio, celebrado el pasado mes de noviembre, la fiscalía mantuvo la solicitud de dos años de prisión para el agente, cuya actuación veía desproporcionada. Para Manjón Bermúdez, la fiscalía pedía cuatro años de cárcel.

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Los hechos ocurrieron el 6 de mayo de 2010, cuando Manjón Bermúdez, que sufre un trastorno límite de la personalidad, comenzó a golpear un coche patrulla de la Policía Municipal de Madrid hasta que le rompió un espejo retrovisor. Alertados por una mujer, se acercaron dos agentes, entre los que estaba Sánchez Vieco. El agresor se dirigió hacia los policías blandiendo un cuchillo con el que intentaba matarles. El policía sacó su arma reglamentaria y efectuó diversos disparos.

Uno de los tiros traspasó un brazo al agresor y dio en un ojo a Antonio Castro. Este cayó al suelo y sufrió una pérdida de la visión tras permanecer varios días ingresado en un centro hospitalario.

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Los magistrados de la Sección 30 entienden que no hay ningún tipo de responsabilidad penal por parte del policía, ya que actuó en legítima defensa y en cumplimiento de su deber. Concluyen además que si no existe responsabilidad penal tampoco la puede haber civil, por lo que no acceden a la petición de indemnización por parte del agente o del Ayuntamiento de Madrid, como responsable civil subsidiario.

A Manjón Bermúdez le aplican la atenuante de trastorno límite de personalidad y limitan su responsabilidad civil solo a los daños causados al vehículo policial, que fueron tasados en 301,76 euros y a pagar dos quintas partes de las costas procesales.

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Sobre la firma

F. Javier Barroso
Es redactor de la sección de Madrid de EL PAÍS, a la que llegó en 1994. También ha colaborado en la SER y en Onda Madrid. Ha sido tertuliano en TVE, Telemadrid y Cuatro, entre otros medios. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid, está especializado en Sucesos y Tribunales. Además, es abogado y criminólogo.

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