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El alcalde de Villalba justifica el ERE que afecta 39 empleados públicos por la deuda

La Comunidad de Madrid ha autorizado la medida, que se hará efectiva en tres meses como máximo El Consistorio adeuda 110 millones de euros, según el equipo de gobierno local

Agustín Juárez, alcalde de Collado Villalba.
Agustín Juárez, alcalde de Collado Villalba.AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

Nuevo ERE en un Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid, tras los de Fuente del Saz y Parla. La Dirección General de Trabajo de la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid ha autorizado al Ayuntamiento de Collado Villalba el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) para extinguir los contratos de trabajo de 39 trabajadores de los 569 del Consistorio de la localidad. El alcalde villalbino, Agustín Juárez (PP), justifica la medida por la deuda de más de 110 millones "heredada del anterior equipo de gobierno socialista".

El Ayuntamiento de Collado Villalba presentó el ERE el pasado 9 de diciembre y lo aprobó en sesión plenaria el 27 de enero. Según el alcalde, "esta medida dolorosa, pero necesaria, responde a la situación en que se encuentran las arcas municipales, con una deuda heredada del anterior equipo de gobierno socialista de más de 110 millones de euros", afirma en un comunicado. La nota especifica que el presupuesto municipal de este año asciende a 49 millones (30 menos que en 2009), por lo que Juárez declara que es "imposible afrontar los gastos de la actual plantilla".

Según la resolución de la Dirección, las extinciones se efectuarán en un plazo máximo de tres meses a partir de la fecha del dictado de la misma. Por su parte, el Ayuntamiento deberá comunicar a la Consejería y al Servicio Público de Empleo Estatal (Subdirección General de Prestaciones) las fechas concretas en las que se harán efectivas y los trabajadores afectados.

En este documento, la Comunidad de Madrid también declara en situación legal de desempleo a los trabajadores afectados "siempre que cumplan los requisitos establecidos por el Ordenamiento Jurídico para su reconocimento y percepción", siendo la Subdirección estatal la que se encarga de reconocer o denegar las prestaciones por desempleo.

La indemnización que percibirán los trabajadores afectados será la establecida por el artículo 51.8 del Estatuto de los Trabajadores y se recuerda a la administración que en el caso de que el expediente incluya a trabajadores mayores de 55 años, se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto que recoge la jubilación gradual y flexible.

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