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Querella por prevaricación contra el alcalde de Ponteareas

El regidor ignoró una denuncia por las obras de construcción de su casa

Salvador González Solla, alcalde de Ponteareas.
Salvador González Solla, alcalde de Ponteareas.

Un juzgado de Ponteareas tramita una querella por prevaricación contra el alcalde de la localidad, Salvador González Solla, en relación con la casa que él mismo se está construyendo en la localidad sin ajustarse las obras a la licencia municipal otorgada y a la normativa urbanística en vigor, según el vecino querellante. El alcalde atribuye la querella a la actitud vengativa de este vecino, a quien el Ayuntamiento paralizó otras obras por incumplir la licencia municipal que había obtenido para las mismas.

Jesús Castrodeza, el vecino querellante, denunció en mayo del año pasado al alcalde, a su mujer —en tanto que promotores y propietarios de la obra—, a la empresa constructora y a los técnicos empleados en ella tras constatar que se estaban ejecutando tres edificaciones diferenciadas y que por eso mismo la denominación “vivienda unifamiliar” indicada en el cartel de obra no se correspondía "con lo que allí se está ejecutando”.

La construcción se estaba realizando en una parcela del barrio de As Penas, en la parroquia de Ribadetea, donde, según añadía la denuncia, “con caráter previo a las actuales construcciones existía una vivienda unifamiliar antigua que fue demolida, sin que conste licencia municipal alguna para tal fin”. Además, según la misma fuente, el solar se había cerrado con un muro perimetral que supera la altura permitida e incumple los retranqueos preceptivos, tanto respecto de linderos como de vial público.

González Solla achaca

La denuncia acompañó fotografías que denotarían esos incumplimientos y una copia de la solicitud —presentada el mes de enero anterior— de acceso al expediente de la licencia urbanística, que tampoco le fue facilitado al denunciante.

Todo ello, afirmaba el denunciante, suponía una infracción administrativa grave ya que, según la normativa urbanística que establece la Louga, “en ningún caso podrá la Administración dejar de adoptar las medidas tendentes a restaurar el orden urbanístico vulnerado o a reponer los bienes afectados al estado anterior a la producción de la situación ilegal” y, por otra parte, “toda infracción urbanística conllevará la imposición de sanciones, así como el resarcimiento de los daños e indemnizaciones de los perjuicios a cargo de los mismos”.

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Las obras continuaron, según certifica un acta notarial levantada en septiembre, y la falta de resolución de la alcaldía —que habría desestimando la petición por silencio administrativo— constituiría en este caso un delito de prevaricación, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo (“se comete prevaricación en situaciones donde existe un deber imperativo de dictar resolución y cuya omisión tiene efectos equivalentes a una denegación”) que acompaña la querella, presentada en el juzgado el pasado mes de noviembre y ahora admitida a trámite.

“A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años”, establece el artículo 404 del Código Penal que quiere aplicar el querellante.

“Quedará en nada”, aseguró ayer González Solla a este periódico. “Todo en mi casa es legal al 100%, como no podría ser de otro modo”. El alcalde dice que no hizo caso de la denuncia “porque estaba hasta las narices” de la campaña de Jesús Castrodeza contra él después de paralizarle, por denuncias vecinales, la reforma de un edificio con licencia para ferretería y que elevó dos plantas para dividirlo luego en apartamentos.

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