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Mas rescata la ley de consultas para presionar a favor del pacto fiscal

Las votaciones utilizarán el padrón en lugar del censo para evitar los límites impuestos por el TC El Gobierno catalán admite que no podrá hacer una convocatoria sobre la autodeterminación CiU busca contentar a su electorado soberanista tras los pactos con el PP

Miquel Noguer

Cada día más agobiado por las exigencias del Partido Popular (PP), el presidente de la Generalitat, Artur Mas, hizo ayer un gesto hacia su electorado soberanista para intentar convencerlo de que, pese a pactarlo casi todo con el PP, no renuncia a su discurso nacionalista. El Gobierno catalán aprobó el anteproyecto de ley de consultas populares, la herramienta que, según la Generalitat, debe canalizar el llamado “derecho a decidir” y que en un primer momento debería amparar una consulta sobre el pacto fiscal.

El articulado del texto, que el Gobierno catalán no ha querido hacer público hasta enviarlo hoy al Parlament, establece que la Generalitat y los Ayuntamientos puedan realizar “consultas no refrendarias” (que no necesitan de un referéndum) sobre asuntos que sean de su competencia sin necesidad de pedir permiso al Gobierno. Estas consultas no tendrán carácter vinculante y podrán participar todas las personas empadronadas con nacionalidad española, de otros Estados de la UE y de otros países como Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza. La convocatoria de estas consultas podrá hacerla la Generalitat, los Ayuntamientos o cuando lo pidan un mínimo de 50.000 firmas en el caso de las de ámbito autonómico. Para las municipales hará falta un mínimo del 5% de los empadronados en los municipios de más de 100.000 habitantes.

Estos requisitos están pensados para intentar sortear el recurso que pesa sobre la ley de consultas que aprobó el anterior Gobierno catalán, así como la prohibición de la consulta que en su día impulsó el exlehendakari Juan José Ibarretxe.

El Gobierno recurrió la ley del tripartito, referida a consultas por la vía del referéndum, porque entendía que el texto equiparaba la consulta popular al referéndum. Esta última figura solo la puede convocar el Estado o, como mínimo, es el Gobierno central el que debe autorizarla. Por esta razón, la Generalitat insiste en que la ley que se dispone a aprobar ahora hace referencia a las “consultas refrendarias”, si bien no explica las diferencias que implica el cambio de denominación.

En cualquier caso, para salvar los problemas formales detectados en el pasado por el Tribunal Constitucional, la ley catalana no convocará las consultas sobre la base del censo electoral, sino del padrón ampliado a los residentes de los citados países.

La Generalitat también dejó claro ayer que esta herramienta no podrá ser utilizada para convocar una consulta sobre el derecho a la autodeterminación. “Para hacer este tipo de consulta debería modificarse la Constitución”, admitió el portavoz del Gobierno catalán, Francesc Homs. No en vano, la Generalitat recuerda que el Constitucional tumbó la consulta de Ibarretxe partiendo de la base de que cualquier cambio de relación entre el País Vasco y el resto de España incumbía a todos los españoles y no solo a los vascos.

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La duda es si el Constitucional podría utilizar el mismo argumento para tumbar una consulta sobre el modelo de financiación de la Generalitat, puesto que un menor nivel de aportaciones de Cataluña a la caja común tendría consecuencias más allá de esta comunidad. La Generalitat insiste en que este argumento no vale porque es competencia del Gobierno catalán impulsar una negociación sobre el cambio de modelo de financiación.

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Sobre la firma

Miquel Noguer
Es director de la edición Cataluña de EL PAÍS, donde ha desarrollado la mayor parte de su carrera profesional. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona, ha trabajado en la redacción de Barcelona en Sociedad y Política, posición desde la que ha cubierto buena parte de los acontecimientos del proceso soberanista.

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